Violación de la seguridad de los datos personales


Actualmente las empresas recopilan, almacenan y tratan información de carácter personal contenidos en distintos formatos: digital, audiovisual e impreso. En todos los casos, la información debe ser tratada con las medidas técnicas y organizativas apropiadas a fin de garantizar y poder demostrar que el tratamiento es conforme con el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). Las medidas deben ser revisadas y actualizadas cuando sea necesario e incluirán las oportunas políticas de protección de datos (art. 24 RGPD).

Esas medidas que han de garantizar el uso correcto de los datos personales y la salvaguarda frente a posibles violaciones de seguridad deben llevarse a cabo por defecto y desde el diseño, esto es, antes de la creación de las bases de datos o archivos y el inicio de recopilación, almacenamiento y tratamiento de dicha información (art. 25 RGPD).

Así mismo, cuando se utilicen las nuevas tecnologías y entrañe un riesgo para los derechos y libertades de las personas, es obligatorio hacer una evaluación de las operaciones de tratamiento en la protección de datos personales (art. 35.1 RGPD).

Por tanto, estamos hablando del establecimiento de una política de seguridad de la información con medidas de prevención y actuación. Esta seguridad de la información incluye la seguridad informática para aquellos datos contenidos en soporte digital.

¿Qué se entiende por violación de la seguridad y sus consecuencias?
Si nos atenemos a la definición de la Real Academia Española y el artículo 4.12) RGPD, se entiende como el quebrantamiento de una información exenta de riesgo ocasionando “la destrucción, pérdida o alteración accidental o ilícita de datos personales transmitidos. En otras palabras, el acceso no autorizado a datos personales para destruirlos, perderlos o alterarlos.

Esta violación suele producirse debido a errores o fallos de funcionamiento: tirar listados con información de clientes a la papelera sin antes triturar el papel, robo de usuarios y contraseñas para acceder a datos personales, etc. A estos fallos se les denomina brechas de seguridad y las consecuencias suelen “entrañar daños y perjuicios físicos, materiales o inmateriales para las personas físicas, como pérdida de control sobre sus datos personales o restricción de sus derechos, discriminación, usurpación de identidad, pérdidas financieras, reversión no autorizada de la seudonimización, daño para la reputación, pérdida de confidencialidad de datos sujetos al secreto profesional, o cualquier otro perjuicio económico o social significativo para la persona física en cuestión” (Considerando 85 RGPD).

Constatación efectiva de la violación de la seguridad
Para la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) no es suficiente la mera sospecha de una brecha en la seguridad, es necesario registrar y documentar todas las acciones que confirman la violación de la seguridad: características de la brecha, tipo de datos y categorías afectadas, consecuencias de los afectados, etc.

Deber de notificación en caso de violación de la seguridad
Cuando se produce una brecha de seguridad que afecta a los datos personales, el responsable del tratamiento debe notificarlo a la autoridad de control (en el caso de España a la Agencia Española de Protección de Datos) dentro de las 72 horas desde que se tiene constancia de la violación de seguridad (art. 33.1 RGPD).

En la notificación deberá describirse la naturaleza de la violación, las categorías y el número aproximado de registros y personas afectadas; el nombre y los datos de contacto del Delegado de protección de datos para obtener más información; las posibles consecuencias derivadas de la violación; y las medidas adoptadas o propuestas por el responsable del tratamiento para hacer frente a la violación de seguridad (art. 33.3 RGPD).

Si fuera la persona que procesa los datos (encargado del tratamiento) quien tuviera conocimiento de la violación de seguridad, debe comunicarlo sin dilación al responsable del tratamiento (art. 33.2 RGPD).

Notificación al interesado
Con el fin de que la persona afectada por la violación de seguridad tome las medidas oportunas al entrañar un riesgo para sus derechos y libertades, el responsable del tratamiento debe comunicárselo inmediatamente en un lenguaje claro y sencillo (art. 34.1 y 2 RGPD).

Por ejemplo, cuando se produce un robo masivo de usuarios y contraseñas vinculados a correos electrónicos o robo de números de tarjetas de crédito. El responsable debe informar a los afectados para que estos cambien inmediatamente las contraseñas o soliciten a la entidad bancaria la anulación de dicha tarjeta.

Si la gravedad de la violación de seguridad y el esfuerzo por notificarlo a los afectados es desproporcionada, podrá optarse por una comunicación pública.

Casos de violación de la seguridad de los datos personales
Son muchos los casos que han salido en los medios de comunicación por la gravedad y la categoría de datos:

1. Equifax. Esta empresa recopila información crediticia o de morosos de millones de personas en Estados Unidos y otros países (en España opera como EQUIFAX IBERICA S.L. con su fichero denominado ASNEF). El 29 de julio de 2017 se produjo una brecha de seguridad en su web permitiendo el robo de datos de 143 millones de personas. Se llevaron datos personales, números de tarjetas de crédito, contraseñas, números de la Seguridad Social, etc.

2. Ashley Madison. En julio de 2015 se hizo público la noticia del robo de datos personales del portal de contactos extramatrimoniales Ashley Madison, cuya empresa propietaria es Avid Life Media (ALM), con sede en Toronto (Canadá). Según distintas fuentes, entre ellas The Guardian, los crackers se llevaron 37 millones de datos de usuarios, incluidas tarjetas de crédito.

3. Sony. El acceso no autorizado en los servicios online de PSN y Qriocity entre los días 17 y 19 de abril de 2011, supuso el robo de 77 millones de cuentas de PlayStation. Entre los datos más importantes, además de los personales, estaban los números de tarjetas de crédito (con su fecha de caducidad), correos electrónicos, nombres de usuario y contraseñas. A la compañía le costó aproximadamente unos mil millones de euros.

4. VTech. El 14 de noviembre de 2015 la empresa de juguetes china sufrió el robo de 5 millones de cuentas y perfiles de niños y adultos de todo el mundo. Se llevaron datos personales además de correos electrónicos, nombre de usuarios y contraseñas, preguntas y respuestas de recuperación de contraseña, direcciones IP o descargas de historiales.